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ANTE
LA POLITICA COMUNICACIONAL DEL GOBIERNO NACIONAL
El viernes 20 de mayo, sorpresivamente y sin que mediara ninguna discusión
ni reclamo público, el gobierno nacional sancionó el Decreto 527/05 que
establece de suspensión del plazo de licencias de empresas de radiodifusión
por 10 años. De esta manera los actuales propietarios de medios se ven
beneficiados por una medida que suspende el cómputo de los plazos que la
ley otorga de quince más diez de prórroga por única vez extendiendo por
otros diez el término original.
Ante esta decisión, que supone la definición de una línea de política
comunicacional de parte del gobierno acorde a los intereses de los
propietarios de medios de comunicación, la Dirección y la Junta de la
Carrera de Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias
Sociales de la Universidad de Buenos Aires rechazan y deploran la sanción
del Decreto 527/2005 por los siguientes motivos:
Una vez más, la política de comunicación se resuelve por decreto
sin discusión pública. Mientras la ley de radiodifusión 22.285/80,
sancionada por la dictadura militar, sigue vigente y excluyendo de la
posibilidad de ser propietarios a gran parte de los miembros de la
sociedad argentina (en particular a las organizaciones sin fines de
lucro). El gobierno otorga un beneficio inaudito a los propietarios de
medios de comunicación que formaron grandes grupos concentrados durante
la década de los ´90.
Así, por decreto, se ignoran plazos y condiciones de extensión de
los mismos, debido a que para su prórroga se requiere el cumplimiento de
compromisos asumidos por los licenciatarios. Tampoco se toman en cuenta
las sanciones existentes ni las irregularidades en las titularidades que,
hasta las propias autoridades, han hecho públicas: tanto por origen del
capital como por la cantidad de medios en un área de cobertura.
El Decreto 527/2005 beneficia especialmente a quienes tenían
licencias que vencían indefectiblemente en el año 2007, luego de 25 años,
dado que habían sido renovadas automáticamente durante la dictadura
militar en 1982.
Los beneficiarios de esta medida han sido quienes ganaron los
concursos apoyados, en muchos casos en las leyes discriminatorias de los
gobiernos militares y, en otros, en
las reformas neoliberales de la década de los años 90. En la mayoría de
los casos de los actuales titulares de los medios más poderosos, el único
mérito para llegar a ser licenciatarios ha sido contar con fondos
suficientes o créditos tomados (sobre todo en el exterior) para comprar
canales y radios.
La metodología del decreto, aunque criticable, pudo haber sido
usada antes que para esta decisión de conservadora política de
comunicación, para modificar el artículo 45 de la ley de radiodifusión,
que sigue excluyendo a los sectores no comerciales de la posibilidad de
tener una licencia. Hace 20 años que esta reforma es esperada. En la
Argentina, la ley de la dictadura militar excluye a las entidades sin
fines de lucro de la posibilidad de ser licenciatarios. Si bien este artículo
45 fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema en el año 2003,
sigue vigente porque el Congreso no aprueba su reforma. Sin embargo, para
el gobierno tiene más necesidad y urgencia de prorrogar el plazo de las
licencias de los poderosos, que permitir que la sociedad civil pueda
acceder a los medios de comunicación.
La suspensión del plazo implica que todos los argentinos, que hoy
no son propietarios de medios de comunicación, deberán esperar 10 años
más para intentar formar parte del sistema de radiodifusión, salvo que
se abran nuevos canales de televisión y radios.
Algunas empresas de medios se han beneficiado –especialmente-
porque el programa de pagos de la refinanciación sus deudas excede el término
de sus licencias y, por lo tanto, no se podía asegurar su cumplimiento.
Este cambio de escenario facilita su programa económico-financiero.
El decreto 527/05 otorga la suspensión del plazo de las licencias
sin establecer ninguna contraprestación de parte de los beneficiarios. Es
irrisorio pedir al mercado que haga propuestas de responsabilidad de
contenidos y culturales. No sólo porque la Constitución Nacional (art.
75 inc. 19) obliga a promover el espacio audiovisual nacional y la ley
vigente ya lo exige y no se cumple sino, también, porque la defensa de
los servicios y productos de la cultura audiovisual requiere políticas
activas y definidas. No resulta convincente plantear que los beneficiarios
de esta medida ilegal propongan como contrapartida espacios educativos.
Para los Estados, alentar la creación de estos espacios es un mandato
emanado de la Convención Universal de Derechos del Niño, así como el
fomento al pluralismo y a la defensa de la diversidad de minorías lingüísticas.
Es un pretexto fijar obligaciones de actualización de tecnologías
para extender los plazos. Si fuera posible considerarlo como argumento, y
con la velocidad de las innovaciones, las licencias deberían ser eternas,
desconociendo que utilizan un recurso escaso como las frecuencias radioeléctricas,
cuya administración corresponde al Estado Nacional.
No es tampoco aceptable sostener que esto asegura fuentes de empleo
o libertad de prensa. Los procesos de concentración no lo hicieron.
Tampoco lo garantizan las tecnologías. Sí lo hacen el pluralismo, la
diversidad y la democratización de la palabra y las expresiones
culturales y artísticas.
Luego de este decreto, el tratamiento de una posible ley de la
democracia queda más lejos aún que antes. Los grupos concentrados ya
tienen lo que necesitaban. El Poder Ejecutivo dio muestras claras de no
estar dispuesto a discutirla: lo único que entiende necesario y de
urgencia lo resuelve con su sola y única voluntad.
Buenos
Aires. 23 de mayo de 2005.
DIRECCION
Y
JUNTA DE LA CARRERA DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN
APROBADO
POR EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES
UNIVERSIDAD
DE BUENOS AIRES.
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